Puedes enviar sobres que no superen las 2 libras y que solo contengan documentos o catálogos
Según el Artículo 19 de la Ley 19 de 1978 aprobatoria del Acuerdo de la Unión Postal Universal NO está permitido enviar en un sobre:
• Dinero en efectivo, cheques viajeros, cheques personales, títulos de valor al portador.
• Tarjetas de crédito o débito.
• Documentos de identificación (cédulas, pasaportes, etc.)